El Supremo confirma que rectificar un llamamiento erróneo no es despido si no existe una relación fija-discontinua ni un contrato laboral vigente.
Entradas recientes
- El TS descarta el despido tras rectificarse el llamamiento de quien no tenía una relación fija-discontinua
- La mutua debe abonar la IT común ante el impago empresarial
- La DGT aclara las altas en el IAE por servicios multidisciplinares
- Calendario del contribuyente del mes de octubre de 2026
- Nuevo RD para facilitar el acceso a la jubilación de los deportistas profesionales