El TS aplica la perspectiva de género del artículo 226 de la Ley General de la Seguridad Social para establecer que, en el caso de separación de hecho por violencia de género, se cumple el requisito legal para cobrar la prestación en favor de familiares.
Entradas recientes
- Nuevo RD sobre distribución del Impuesto por apuestas deportivo-benéficas
- Procedencia del despido ante ineptitud sobrevenida de una camarera de piso por falta de adaptación viable
- Incapacidad absoluta por no poder exponerse a productos químicos
- ¿El cónyuge del acogido al régimen Beckham debe presentar declaración sin rentas? Hacienda lo aclara
- Nuevo RD sobre distribución del Impuesto sobre actividades de juego por apuestas deportivo-benéficas