El Supremo declara que los días de IT computan para devengar los 4 días de libre disposición del VIII Convenio de Dependencia, al asimilarlos a vacaciones anuales.
Entradas recientes
- El TS avala los acuerdos masivos con cobertura convencional
- Hacienda aclara el IAJD en cambios de uso a pisos turísticos
- El TEAC rechaza que pueda deducirse el IVA por autofacturas con proveedor ficticio
- Cambio de criterio: Tributos admite rectificar el IVA de una silla de ruedas por discapacidad retroactiva
- El Supremo consolida doctrina sobre el valor de tasación hipotecaria y el ITP