El Tribunal Supremo declara que la empresa no puede repercutir en el teletrabajador las desconexiones por la caída de Internet, el corte de la luz o ir al aseo.
TS: el tiempo de una caída de la red, un corte de la luz o ir al aseo no puede descontarse al teletrabajador
por | Sep 28, 2023 | Sin categoría