El Supremo permite que el perceptor de la renta quede exonerado de responsabilidad cuando concurran circunstancias que puedan inducir a creer justificadamente que el pago está subsumido en la exención.
Entradas recientes
- España se adhiere al Convenio OIT sobre protección de la maternidad
- En marcha el Observatorio de la Incapacidad Temporal para mejorar la salud laboral
- El Supremo excluye de ITP la gestión de parques y viveros municipales
- La DGT aborda la tributación en ITPyAJD cuando el fideicomisario transmite sus derechos sobre el fideicomiso al fiduciario a cambio de contraprestación
- La AIReF alerta de fallos estructurales en la gestión de las bajas