En el mes de diciembre es habitual obsequiar a trabajadores y clientes con las tradicionales cestas de Navidad. Lo que a menudo se desconoce es la manera correcta de imputar estos regalos que, como cabe suponer, no están exentos de tributación.
Entradas recientes
- El DOUE publica una resolución europea sobre IA y gestión algorítmica
- El TSJ de Extremadura niega la extinción indemnizada por incumplimiento del descanso mínimo entre jornadas
- DGT: el paso a jubilación activa no implica perder la exención en IRPF por desempleo en pago único
- El Supremo fija cómo liquidar y repartir el IAE si hay instalaciones en varios municipios
- Criterio del Supremo sobre abuso de temporalidad pública