Una sentencia confirma que, en IT, la negativa a colaborar en el reconocimiento médico permite a la empresa retirar el complemento de IT, manteniéndose la prestación de la Seguridad Social.
Entradas recientes
- La DGT analiza si la compra de un almacén es una inversión apta para materializar la RIB
- El Supremo limita el uso del principio «pro actione» por la Administración en los recursos de alzada impropios
- Viajar en IT por depresión: despido improcedente, no nulo
- Negativa a reconocimiento médico justifica perder complemento de IT
- Criterio sobre efectos de la no prórroga del SMI 2025