Recientemente, la Dirección General de Tributos ha reiterado que la referencia al SMI mensual como límite a la embargabilidad se debe aplicar de forma íntegra al sueldo o salario mensual, sin proporción en función del tiempo mensual en el que se hayan devengado. Conozca los detalles aquí.
La DGT recuerda cómo calcular la cantidad inembargable de salario si el empleado no ha trabajado un mes completo
por | Mar 1, 2024 | Sin categoría