En el caso de que sobre un mismo inmueble coexista el derecho de usufructo que no se extienda sobre la totalidad del inmueble junto con el derecho de propiedad, el hecho imponible del IBI se realiza por ambos derechos.
Entradas recientes
- INSS: cómputo de contratos temporales de bomberos forestales para jubilación anticipada
- Despido disciplinario por mal uso del crédito horario sindical
- El TSJ de Cantabria confirma la nulidad de una sanción por contratación irregular de trabajadores extranjeros
- Tributos aclara: ¿puede aplicarse la reducción del 30 % por irregularidad a una indemnización por despido si ya se aplicó en los 5 años anteriores?
- El TC avala por unanimidad el uso del «valor de referencia» catastral