La DGT aclara que las entidades que se incorporan al régimen de grupos de IVA pueden compensar cuotas pendientes de ejercicios previos en su declaración individual (modelo 322).

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies.

ACEPTAR
Aviso de cookies