El RD-ley 16/2025 habilita un plazo extraordinario hasta el 31/01/2026 para que contribuyentes renuncien al SII o soliciten baja en REDEME.
Entradas recientes
- Establecido un plazo extraordinario de renuncia al SII y REDEME
- STS 1101/2025: delimitación entre jurisdicción social y contenciosa en contratos administrativos prolongados
- El TS declara nulo el despido por ineptitud si no hay ajustes razonables
- Novedades fiscales tras el Real Decreto-Ley 16/2025, de 23 de diciembre
- Ampliación del periodo de aplicación del tipo cero del IGIC a determinadas operaciones relativas a la erupción volcánica en la isla de La Palma