El TSXG condena a la aseguradora al pago de los gastos de asistencia sanitaria, al considerar acreditada la urgencia vital de la dolencia y la razonabilidad de acudir al hospital público el día de los hechos por la tarde, tras haber sido dada de alta esa mañana en el concertado.
Entradas recientes
- La DGT indica el tratamiento en IRPF de la cuota colegial de una abogada cuando sea su empleador el que se la pague
- El Supremo avala reducir el IAE 2020 por cierre aunque la liquidación sea firme
- Despido disciplinario improcedente ante trastorno de salud mental
- El TS delimita cuándo un cambio de centro de trabajo es modificación sustancial
- INSS: cómputo de contratos temporales de bomberos forestales para jubilación anticipada