Nuestro Alto Tribunal aclara el momento a partir del cual cabe aplicar la reducción por pensiones compensatorias al cónyuge: si desde la fecha en que se suscribe el convenio regulador entre las partes o desde que se dicta la sentencia judicial que lo ratifica.
Entradas recientes
- El Supremo delimita el permiso por fuerza mayor por motivos familiares
- El TSJ catalán avala reclamar equipos no devueltos en teletrabajo
- El TSJCLM declara nulo el despido de una empleada municipal por represalia ante denuncia de fraudes
- El TS advierte a Hacienda: sin suspensión en vía contenciosa, puede prescribir su derecho a exigir el pago
- Hacienda aclara cuándo cambia el estado civil en IRPF si hay separación de hecho y posterior formalización notarial