La sentencia STS n.º 116/2023 dictaminó que el cambio de horario de los trabajadores de lunes a viernes, a hacerlo los fines de semana, es nulo (a pesar de permitirlo el convenio) si no se cumple el trámite previsto en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores (MSCT) al existir una condición más beneficiosa.
Entradas recientes
- Nuevo RD sobre distribución del Impuesto por apuestas deportivo-benéficas
- Procedencia del despido ante ineptitud sobrevenida de una camarera de piso por falta de adaptación viable
- Incapacidad absoluta por no poder exponerse a productos químicos
- ¿El cónyuge del acogido al régimen Beckham debe presentar declaración sin rentas? Hacienda lo aclara
- Nuevo RD sobre distribución del Impuesto sobre actividades de juego por apuestas deportivo-benéficas