Analiza en qué apartado del art. 25 de la LIRPF se englobarían las remuneraciones percibidas por una persona física como avalista de una sociedad y, en consecuencia, si se han de integrar en la base del ahorro o general del IRPF.
El TS aclara si la remuneración del socio que es garante de la sociedad a través de un contrato atípico de «asistencia financiera» va a la base del ahorro o general del IRPF
por hostmaster | Ene 8, 2026 | Sin categoría