A través de una resolución de mediados de junio, el TEAC ha unificado criterio en cuanto al procedimiento que ha de seguirse para liquidar los intereses del período ejecutivo, sobre la base del artículo 72.4 del RGR.
Entradas recientes
- Hacienda señala cómo tributa la separación de un trastero anejo a una plaza de garaje
- El TEAC permite rectificar el IS para ajustar las existencias iniciales si Hacienda regulariza las finales del ejercicio anterior
- Ley 1/2026: modificaciones laborales y de Seguridad Social para cooperativas y empresas de inserción
- Publicada la Ley 1/2026, de 8 de abril, de impulso integral de la economía social
- Trabajo reactiva el CERSE tras más de diez años inoperativo