Recientemente, el TEAC ha sentado como criterio que las cargas hipotecarias previas no suponen por sí mismas la falta de idoneidad de los bienes ofrecidos en garantía, debiendo valorarse si son económicamente suficientes una vez descontadas. Todos los detalles sobre su pronunciamiento aquí.
El TEAC fija que las cargas hipotecarias previas no suponen «per se» que los bienes ofrecidos en garantía no sean idóneos
por | Abr 18, 2024 | Sin categoría