El Tribunal Constitucional confirma que la imposición de una sanción al contribuyente por aplicación del artículo 203.6 de la LGT es plenamente constitucional ya que cumple con los principios requeridos para la imposición de sanciones en el ámbito administrativo: tipicidad, legalidad, proporcionalidad y responsabilidad subjetiva.
Entradas recientes
- La AN avala recuperar horas por IT en jubilación parcial
- El TS aplica la presunción laboral a un infarto mortal en teletrabajo
- Tributos permite deducir lo pagado a la inmobiliaria que intermedia en la venta para calcular la ganancia
- El TEAC confirma la tributación de intereses expropiatorios
- La AEAT anticipa las novedades aduaneras en comercio electrónico a partir del 1 de julio