Las cuentas públicas de 2023 han quedado definitivamente aprobadas tras superar el último trámite en el Senado sin que se incluyera ninguna enmienda, por lo que no necesitan regresar al Congreso y concluyen su tramitación parlamentaria. Entrarán en vigor el próximo 1 de enero.
Entradas recientes
- Tributos señala si ha de emitirse factura rectificativa si se han incluido en factura retenciones que no debían practicarse
- El TC avala la constitucionalidad de los pagos fraccionados de las grandes empresas en el Impuesto sobre Sociedades
- El Supremo aclara si las pausas para comer son descanso o tiempo de presencia
- El INSST publica un folleto técnico divulgativo sobre la toma de muestra en el procedimiento de medida de fibras de amianto en aire
- El TC rechaza la inconstitucionalidad del criterio de reparto del Impuesto sobre el margen de intereses de determinadas entidades financieras